ASSERETO FARRONI MORA C/ FERNANDEZ OCTAVIO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El tribunal homologó un acuerdo de pago y honorarios en un proceso por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La decisión incluye la aprobación del convenio, la regulación de honorarios de los letrados y de la mediadora, con ajuste a las escalas legales y jurisprudencia aplicable, estableciendo las sumas y porcentajes correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Assereto Farroni Mora, demandó a Fernández Octavio y otro/a por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. En autos se celebró un acuerdo de pago por $3.000.000 y honorarios, que fue homologado por el juez Gorostegui. El tribunal dispuso la convalidación de los honorarios de los abogados de la parte actora, Nicolás Ginnobili y Javier Enrique Bernardi, en $300.000 cada uno, y del letrado de la parte demandada, Dr. Favio Jorge Arnaboldi Lage, en $600.000, todos dentro de las escalas legales y con los adicionales de ley e IVA si correspondiere. Además, se reguló la suma de $240.000 por la actuación de la mediadora Liliana Elizabeth Delle Camelie, considerando la labor en la etapa previa de mediación y la proporcionalidad con los montos del acuerdo y honorarios profesionales, en conformidad con la jurisprudencia y normativa aplicable. El juez fundamentó que la homologación del convenio y la regulación de honorarios garantizan la adecuada retribución de los profesionales y la satisfacción de las partes, estableciendo que las notificaciones y pagos se realizarán conforme a la ley 14.967 y su reglamentación, con los respectivos intereses en caso de mora.
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