ESTOCCO MAXIMILIANO HECTOR C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La sentencia declara la incompetencia del tribunal civil para conocer una acción de cobro de honorarios vinculada a procesos administrativos ante comisiones médicas jurisdiccionales de riesgos del trabajo. La Corte de primera instancia remite la causa al fuero laboral, sustentando que los honorarios derivan de materia laboral y que la normativa de competencia es de orden público.
El actor, Estocco Maximiliano Héctor, demanda a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por honorarios profesionales adeudados, relacionados con actuaciones administrativas y procesos en comisiones médicas jurisdiccionales, en los que intervino como letrado patrocinante. La demanda incluye reclamos por convenios incumplidos y cede de honorarios de otros profesionales. La sentencia analiza la normativa aplicable, citando la ley 14.997 y la ley 24.241, y concluye que la materia de la causa es de competencia del fuero laboral, dado que los honorarios emergen de reclamos por prestaciones laborales y procedimientos administrativos previos. Se remite la causa al Tribunal de Trabajo Departamental. La resolución sustenta que la competencia en materia laboral es de orden público y que las cláusulas particulares no alteran esa jurisdicción. La jurisprudencia citada sostiene que la naturaleza jurídica del reclamo determina la competencia y que los procesos vinculados a la determinación de incapacidad y prestaciones laborales corresponden al fuero de trabajo.
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