GENGA, ITALO NAZARENO c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES reajustar el haber inicial de un beneficiario previsional, en línea con la jurisprudencia del Supremo Tribunal y doctrina aplicable, y rechazó los agravios relativos a la aplicación del precedente “Badaro”. La decisión también confirmó la imposición de costas a la demandada y reguló honorarios en consecuencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, ITALO NAZARENO GENGA, es beneficiario de una prestación previsional desde 1993, con aportes en calidad de autónomo, y solicitó en sede administrativa el reajuste de su haber, siendo desestimado por la ANSES. La sentencia de primera instancia ordenó a la ANSES a recalcular el haber inicial del actor conforme a las pautas del fallo “Makler”, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo en el precedente “Tognon” y en conformidad con la jurisprudencia de la CSJN respecto a la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463. La Cámara confirmó esta decisión, rechazando los agravios relacionados con la aplicación del fallo “Badaro”. Respecto a las costas, se aplicó el régimen general del CPCCN, confirmando la imposición de costas a la demandada y regulando honorarios en el 35% de lo regulado en primera instancia para la letrada de la actora. La decisión fue fundamentada en la constitucionalidad de la normativa y en la jurisprudencia del Alto Tribunal, que establece que para la determinación del haber inicial en estos casos debe seguirse la doctrina del fallo “Makler” y las disposiciones del art. 36 de la ley 27.423 y del art. 68, 1° parte del CPCCN.
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