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SARACHO NORA PATRICIA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se declara la quiebra de SARACHO NORA PATRICIA por cesación de pagos y insolvencia, ordenando la apertura del proceso universal y medidas precautorias. La resolución fundamenta la insolvencia en la confesión de la deudora y en hechos que evidencian su imposibilidad de cumplir obligaciones, protegiendo a los acreedores conforme a la Ley 24.522.

Medidas precautorias Inhibicion general de bienes Insolvencia Quiebra Cesacion de pagos Declaracion de quiebra Ley 24.522 Confesion de insolvencia Inventario de bienes Procedimiento universal

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, SARACHO NORA PATRICIA, solicita su propia quiebra acreditando insolvencia y cesación de pagos, en base a su confesión y hechos denunciados. El tribunal, tras analizar los recaudos formales y sustanciales, concluye que la situación patrimonial de la deudora demuestra la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones, configurando la cesación de pagos y habilitando la declaración de quiebra. La resolución resalta que la confesión exime al juzgador de verificar en esta instancia la existencia efectiva del estado patrimonial, citando que "la confesión de la insolvencia configura el presupuesto objetivo de apertura del proceso". También se ordenan medidas precautorias, inscripción en registros, inhibiciones, y el inventario de bienes, todo en protección de la masa activa y en cumplimiento de los artículos 78, 86, 106, 107, 109, 200 y concordantes de la Ley 24.522. La sentencia destaca que "quedan demostradas la imposibilidad de la deudora de cumplir regularmente sus obligaciones" y que la declaración de quiebra se funda en los hechos reveladores y en la ley vigente.

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