SENA, MAURO GABRIEL c/ CERVETECA ODIN S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente el fallo de primera instancia, manteniendo la condena solidaria a las personas físicas y la condena al pago, pero modificando aspectos de la valoración probatoria y criterios respecto a la entrega de certificados y responsabilidad del empleador.
- Quién demanda: Mauro Gabriel Sena (trabajador)
¿A quién se demanda?
CERVETECA ODIN S.R.L. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido, responsabilidad patrimonial, entrega de certificados laborales, sanciones por incumplimiento
¿Qué se resolvió?
confirmación del fallo de primera instancia en cuanto a la condena solidaria y responsabilidad, con modificaciones en la interpretación de la prueba y requisitos para la indemnización del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la rebeldía de los codemandados y la falta de prueba documental suficiente justificaron la decisión de mantener la responsabilidad de las personas físicas en la condena, aun cuando no acreditaron su condición gerencial. Además, confirmó la procedencia de la condena solidaria y la responsabilidad del empleador en relación a las obligaciones laborales y previsionales, en línea con la presunción del art. 71 de la Ley de Contrato de Trabajo y la normativa sobre responsabilidad de los socios en sociedades de responsabilidad limitada. Respecto a la indemnización del art. 80, se consideró que la norma requiere una intimación fehaciente y el cumplimiento de los plazos, lo cual no fue acreditado en este caso. La sentencia también reafirmó que la entrega de certificados debe realizarse en los términos del art. 3° del decreto 146/01 y no puede suplirse con audiencias ni demandas posteriores. La decisión fue en línea con la jurisprudencia del Tribunal Superior y con la interpretación constitucional del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los honorarios de alzada se fijaron en el 30% de lo regulado en la instancia anterior, y las costas de alzada se impusieron a los vencidos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: