CANEVA PABLO CRISTIAN C/ RINALDI DE GONZALEZ ALICIA RAQUEL Y OTRO/A S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
Homologación de acuerdo en proceso de cobro de sumas de dinero, confirmando los términos y costas, con regulación de honorarios y finalización del proceso. La Cámara homologó el acuerdo y ordenó el cumplimiento de las obligaciones procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Pablo Cristian Caneva, demandó a Alicia Raquel Rinaldi de Gonzalez y Marcelo Alejandro Lopez en un proceso de cobro ordinario de sumas de dinero.
- La Cámara homologó lo acordado entre las partes en fecha 03/07/2025, en los términos y condiciones allí expuestos, imponiendo las costas a la demandada Rinaldi y concluyendo el proceso.
- La sentencia señala que "De conformidad con lo solicitado y lo normado por los arts.1641 y 1643 del Cod.Civil y Comercial y art.308 del CPCC, homológase lo acordado por las partes a fecha 03/07/2025... en los términos y condiciones allí expuestos", y que "Habida cuenta que los honorarios acordados se ajustan a la ley arancelaria vigente... se establecen los honorarios de la letrada en 17,62 JUS y del mediador en 13,04 JUS".
- La decisión también establece que "en todos los casos con más aportes de ley e IVA en caso de corresponder", y que "tiénese por cumplido con el art.21 de la ley 6716 respecto de los honorarios regulados". Se ordena el pago de la tasa de justicia y su contribución legal, bajo apercibimiento.
- Respecto al co demandado Marcelo Alejandro Lopez, se desestiman las actuaciones como prematuras y se ordena continuar el proceso según su estado.
- La jueza finaliza señalando que "se tiende por finalizado el proceso", homologando el acuerdo y ordenando el cumplimiento de las obligaciones.
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