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LOPARDO MÓNICA NOEMÍ S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la sucesión ab intestado de Mónica Noemí Lopardo a favor de sus hijos en virtud de su fallecimiento ocurrido el 14/10/2024 y tras publicación de edictos. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria y el cumplimiento de los requisitos legales para la declaración de herederos.

Fallecimiento Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Documentacion probatoria Publicacion de edictos Edictos Herederos universales 735 737 del c.p.c.c. Articulos 734 Articulos 2424 y 2426 del cccn Herederos en sucesion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa se inició con la solicitud de declaración de herederos ab intestato de Mónica Noemí Lopardo, quien falleció el 14 de octubre de 2024. La parte actora acreditó el fallecimiento mediante certificado y adjuntó la documentación que prueba su estado civil y la relación de sus hijos, quienes son los herederos universales. La publicación de edictos fue realizada en cumplimiento del artículo 734, inciso 2 del Cód. Proc. Civ. y Comercial, sin que se informaran resultados adversos. La jueza Lelkes, tras verificar la documentación y la publicación, dispuso que los herederos universales son sus hijos: Ezequiel Alexis Ponce, Luján Belén Vilela y Rocío Vilela, en conformidad con los artículos 2424 y 2426 del CCCN y 735 y 737 del C.P.C.C., y ordenó el registro correspondiente. La decisión se fundamenta en la comprobación de los requisitos legales para la declaración de herederos en sucesión ab intestato y en la ausencia de oposición o resultados negativos en la publicación de edictos.

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