CUSTODIO, LAURA LISSETH ARACELI c/ EVN S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo confirmó en parte la sentencia de primera instancia y modificó la condena, elevando el monto total a pagar a $451.149,28, y responsabilizó solidariamente a EVN S.A., ASAP Management S.A. y Plácido Vicente Stassuzi por la relación laboral y sus obligaciones.
- Quién demanda: Laura Lisseth Araceli Custodio
¿A quién se demanda?
EVN S.A., ASAP Management S.A., Plácido Vicente Stassuzi
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido sin causa, horas extras, diferencias por categoría, días de vacaciones no gozados, salarios, SAC, certificados de trabajo, responsabilidad solidaria de los codemandados
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevó la condena a $451.149,28, y responsabilizó solidariamente a los demandados EVN S.A., ASAP Management S.A. y Plácido Vicente Stassuzi, además de ordenar el pago de distintas indemnizaciones y diferencias salariales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se rechazaron los agravios sobre la exclusión del estatuto de la construcción, confirmando que la relación se encuadra en la Ley de Contrato de Trabajo. Se admitió la existencia de tareas que excedían la categoría 3 del CCT 630/13 y se reconocieron diferencias por categoría, por lo que se modificó la sentencia. Se reconoció la labor en horas extraordinarias, con la cuantificación y recargo correspondiente, y se determinó su monto total en $53.397,04. Se declaró la responsabilidad solidaria de EVN SA, ASAP Management S.A. y Stassuzi, por la utilización de recursos indiferenciados y la dirección conjunta de la obra, en virtud del art. 31 de la Ley de Contrato de Trabajo. Se responsabilizó a Stassuzi por su rol en la gestión societaria, por haber violado leyes laborales y no registrar correctamente la relación laboral. Se rechazaron los planteos sobre la aplicación retroactiva de la ley 27742 y sobre la naturaleza sancionatoria de las indemnizaciones. Se ordenó el pago de varias indemnizaciones, salarios, horas extras, días de vacaciones y otros conceptos, totalizando $451.149,28, con intereses desde la fecha de ruptura. Se dispuso la responsabilidad solidaria de los codemandados y la condena a pagar en conjunto. Se modificaron las costas y honorarios, dejando sin efecto los fijados en primera instancia y ordenando su revisión.
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