LOPEZ, SERGIO DANIEL c/ ROSBACO, ROGELIO ABEL Y OTROS s/LEY 22.250
La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que declaró la existencia de relación laboral y estableció las condiciones de actualización de los créditos laborales, rectificando en parte los intereses y las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora reclamaba la imputación de puniciones por incumplimiento de la ley 24.013, 25.323 y la ley 22.250, además de honorarios.
- La parte demandada, Rogelio Abel Rosbaco, cuestionaba la acreditación del vínculo laboral, el método de actualización del crédito, costas y honorarios, y la valoración de la prueba testimonial.
- La Cámara consideró que las declaraciones testimoniales de Mollo Aucachi, Chupitea y Huanca Mamani acreditaron la existencia del vínculo laboral, los horarios y la remuneración, y que dichas declaraciones no fueron controvertidas eficazmente por la defensa.
- La valoración de la prueba testimonial fue considerada suficiente para tener por acreditada la relación laboral, y la valoración de los libros laborales omitidos por la empleadora fue correcta.
- La Cámara rectificó la tasa de interés para períodos anteriores a 2016, aplicando un interés del 3% anual y ajustando la actualización conforme al IPC y a otros índices alternativos en ciertos períodos.
- Se dejó sin efecto la obligación de entregar certificados de aportes, y se confirmaron en lo demás las decisiones de grado.
- Las costas de alzada fueron impuestas a las demandadas vencidas, y los honorarios de la alzada se regularon en el 30% de lo fijado en la instancia previa.
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