LAGIGLIA, MARTIN MIGUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia que rechazó la demanda por incapacidad derivada de un accidente laboral, argumentando que el baremo obligatorio del decreto 659/96 no establece incapacidad para las secuelas del actor, y que el informe pericial no refleja daño incapacitante.
- Quién demanda: MARTIN MIGUEL LAGIGLIA
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por incapacidad derivada de accidente laboral ocurrido el 07/10/2021, con base en la ley 24.557 y la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de grado que rechazó la demanda, ya que la pericia médica y el baremo aplicable indican que no existe incapacidad vinculada con el accidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Craig señala que la pericia médica determinó una incapacidad del 1% por una cicatriz de 2 cm en el dedo de la mano derecha, pero que dicha secuela no provoca daño estético ni funcional relevante que justifique una incapacidad mayor. Además, se recalca que el marco normativo vigente, en especial el decreto 659/96, resulta de aplicación obligatoria en estos casos, dado que la acción se fundamenta en la ley de riesgos del trabajo. La norma art. 9° de la ley 26.773 obliga a ajustar los informes a la tabla de evaluación de incapacidades prevista en dicho decreto, y en el presente caso, la evaluación pericial no refleja secuelas incapacitantes. La recurrente no aportó elementos probatorios que desvirtúen dicha conclusión. La jurisprudencia citada respalda que no se puede apartar del baremo reglamentario sin evidencia suficiente. La conclusión es que no existe daño resarcible vinculado con el accidente, por lo que procede el rechazo de la demanda y la confirmación de la decisión de grado.
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