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COLOMER, AMANDA ADRIANA c/ EN-AFI s/EMPLEO PUBLICO

La Cámara Federal confirmó la nulidad de las resoluciones que revocaron la designación en planta permanente de la actora y ordenó su reincorporación, rechazando los agravios de la demandada y sosteniendo que la revocación fue ilegítima por vicios en el procedimiento y falta de motivación fundada.

Recurso de apelacion Debido proceso Nulidad administrativa Reincorporacion Empleo publico Designacion en planta permanente Derechos subjetivos Indemnizacion. Vicios en acto administrativo Revocacion ilegitima


- Quien demanda (Actor): Amanda Adriana Colomer Demandado: Estado Nacional — Agencia Federal de Inteligencia — en empleo público

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de nulidad de la resolución que revocó su designación, orden de reincorporación en la planta permanente, pago de haberes caídos desde diciembre 2020, adecuación de categoría por antigüedad, y en subsidio, indemnización por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la nulidad de las resoluciones 1035/2020 y 1380/2020, ordenó la reincorporación de la actora en la categoría que le corresponda, y condenó al pago de una indemnización por los perjuicios sufridos, considerando que las resoluciones administrativas estaban afectadas de vicios graves en forma y procedimiento, en particular por vulneración del debido proceso y la falta de motivación fundada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“La controversia consiste en determinar si la potestad revocatoria fue ejercida por la Agencia Federal de Inteligencia de manera legítima o de manera ilegítima. La Agencia ponderó —como lo hizo en sede administrativa y durante todo este juicio— que la resolución 495/2019 era ilegítima y decidió ejercer su potestad de revocación —al dictar la resolución 1035/2020—, debiendo tener en cuenta que la resolución 495/2019 generó derechos subjetivos en vías de cumplimiento en favor de la actora. Sin embargo, no puede soslayarse que la actora sólo pudo ofrecer esa defensa en juicio, ya que el Estado no le dio la posibilidad de hacerlo en sede administrativa. La anulación de la designación en planta permanente no exime a la administración de respetar los recaudos legales, y en este caso, las resoluciones estaban afectadas de nulidad por vicios graves en la forma y en el procedimiento, vulnerando el derecho al debido proceso. La revocación fue ilegítima, por lo que corresponde confirmarla y ordenar la reincorporación con pago de haberes y daños.”

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