ZAMORANO, ANALIA VERONICA c/ EN- M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de Apelaciones confirma la decisión de resolver la impugnación contra la liquidación del crédito salarial, sosteniendo que la liquidación consentida no obliga a los jueces a aceptar errores aritméticos sin rectificación, y que el Estado debe incluir en su presupuesto el monto total adeudado hasta su pago efectivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Analía Verónica Zamorano, interpuso recurso de apelación contra la resolución que resolvió la intimación a la demandada para informar la fecha de pago del crédito de $1.310.890,69, correspondiente a salarios. La actora alegó que la demandada había previsto el pago para el ejercicio financiero 2022, incumpliendo las leyes 11.672 y 23.982, y que el diferimiento del pago en la instancia de grado era incorrecto. La Cámara analizó que la liquidación fue aprobada en base a operaciones matemáticamente equivocadas y que los errores aritméticos deben ser rectificados por los jueces, incluso si la liquidación fue consentida, en virtud de la doctrina de Fallos 336:1581 y otros precedentes. Además, recordó que la normativa presupuestaria permite diferir el pago una sola vez si no hay crédito suficiente, y que el Estado debe adoptar medidas para incluir en el presupuesto el monto total del crédito y sus intereses devengados. La Cámara concluyó que desde el inicio del año en curso, la actora puede promover la ejecución forzada del crédito, dado que vencieron los plazos legales y que la liquidación fue aprobada en condiciones matemáticamente incorrectas. Se confirma la decisión de primera instancia y se imponen las costas en el orden causado.
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