IBARRA, JUAN DANIEL c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró mal concedido el recurso de apelación del Estado Nacional contra una resolución que intimaba al pago de intereses, considerando que el monto en disputa no alcanzaba el mínimo establecido por la legislación para que la resolución sea apelable. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que regula la inapelabilidad de resoluciones por monto y en la ley 26.536.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional
¿A quién se demanda?
Poder Judicial de la Nación
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra una resolución que intimó a depositar intereses adeudados por $44.485,01.
- Decisión del tribunal: La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación por considerar que el monto cuestionado no supera el mínimo de $150.000 establecido por el art. 242, cuarto párrafo, del CPCCN, en relación con la ley 26.536 y las acordadas de la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La normativa procesal establece que “resultan inapelables las resoluciones —cualquiera fuere su naturaleza— que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado no supere la suma que establece en su art. 242, segundo párrafo (cfr. valor fijado por ley 26.536; y modificado paulatinamente por Acordadas CSJN 16/14, 45/16, 43/18, 41/19, 14/22, 10/24 y 20/25).” En este caso, el monto involucrado en la apelación no alcanza los $150.000, por lo cual la resolución no es susceptible de recurso de apelación. La decisión fue adoptada en consonancia con la jurisprudencia que establece que los recursos de apelación tienen un límite cuantitativo.
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