CALABRIA, ADRIAN ENRIQUE Y OTRO c/ UIF (EX 623/15) s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25
La Cámara Federal confirmó la sanción administrativa de multa a miembros del órgano de administración de la Asociación Mutual Da Vinci por incumplimientos normativos en prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. La decisión se fundamentó en la legalidad del procedimiento y la suficiencia probatoria, rechazando los agravios de nulidad y exceso de sanción.
¿Quién es el actor?
Adrián Enrique Calabria, Gabriela Andrea Guallini y otros miembros del órgano de administración de la Asociación Mutual Da Vinci.
¿A quién se demanda?
Unidad de Información Financiera (UIF).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución administrativa que los sancionó con multas por incumplimientos en normativa PLA/FT.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución sancionatoria, rechazando los agravios sobre nulidad, exceso de sanción, responsabilidad sin culpa y principios del derecho penal, por considerar que las actuaciones administrativas fueron razonables, fundadas y ajustadas a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia sostiene que las infracciones fueron acreditadas mediante informes técnicos y actas de inspección, que la tramitación fue adecuada, que las multas se encuentran dentro de los límites legales y que no existió vulneración del principio de culpabilidad ni de garantías constitucionales. Además, se destaca la naturaleza administrativa de las sanciones y la competencia de la UIF para imponerlas, rechazando pretensiones de inconstitucionalidad y de responsabilidad objetiva.
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