MARTIN, FACUNDO RODRIGO c/ EMPRESA LINEA 216 S.A.T. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
La Cámara modificó la responsabilidad y los montos indemnizatorios en un caso de daños y perjuicios por agresión en transporte público. Rechazó la demanda contra el conductor y responsabilizó en su totalidad a la empresa de transporte, elevando los montos de incapacidad y daño moral, y ajustando intereses y costas.
- Quién demanda: Facundo Rodrigo Martín
¿A quién se demanda?
Ricardo Nahuel Acosta Miranda (conductor) y Empresa Línea Doscientos Dieciséis S.A.T.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por agresión física en transporte público, indemnización por incapacidad, daño moral, gastos médicos y tratamiento psicológico.
¿Qué se resolvió?
se rechazó la demanda contra el conductor (Acosta Miranda) por falta de prueba de culpa, y se responsabilizó en un 100% a la empresa de transporte por responsabilidad objetiva, condenándola a pagar $13.000.000 por incapacidad y $6.500.000 por daño moral, además de reducir gastos médicos a $60.000 y fijar intereses al 8% anual desde el hecho, con la tasa activa desde la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La responsabilidad del transportista es objetiva y basada en el deber de seguridad, mientras que la del conductor requiere prueba de culpa. La prueba testimonial fue confusa, y no se acreditó culpa del conductor, por lo que se responsabilizó a la empresa en su totalidad. Se ajustaron montos indemnizatorios por consideraciones de equidad, edad, secuelas y circunstancias del caso; se aplicaron intereses al 8% desde el hecho para daños y gastos futuros, y tasas adecuadas para otros conceptos.
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