D´OLIVEIRA FRANCISCO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos en sucesorio ab-ininterstato por fallecimiento de Magdalena Rosa Morari y Francisco D´Oliveira. La sentencia reconoce herederos a los hijos y cónyuge, estableciendo identidad de personas y derechos hereditarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia declara en cuanto ha lugar que, tras los fallecimientos de Magdalena Rosa Morari (1/1/1996) y Francisco D´Oliveira (10/8/2000), los herederos legales son su hijo Francisco D´Oliveira y su cónyuge, en su carácter de herederos universales y en relación a los bienes propios. La resolución se basa en la documentación probatoria y en el cumplimiento de los requisitos del Código Civil y Comercial, y del Código Procesal Civil y Comercial. Se verifica la existencia de los fallecimientos, la unión matrimonial y la descendencia, además de la publicación de edictos, informando el Secretario que el resultado fue negativo en cuanto a oposición. La declaración establece también la identidad de las personas, concluyendo que los herederos son los mencionados. Fundamentos principales: "Con los certificados agregados en el escrito de inicio se acreditan los fallecimientos de MAGDALENA ROSA MORARI y FRANCISCO D´OLIVEIRA, ocurridos los días 1/1/1996 y 10/8/2000 respectivamente." "Que ambos causantes habían contraído matrimonio con fecha 7 de octubre de 1939 (acta de matrimonio agregada el 23/6/2025)." "Por ello: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial, 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de MAGDALENA ROSA MORARI, le suceden en carácter de universal heredero su hijo FRANCISCO D´OLIVEIRA y su cónyuge FRANCISCO D´OLIVEIRA a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales." "Al sólo efecto del presente sucesorio se establece que existe identidad de persona entre FRANCISCO D´OLIVEIRA; FRANCISCO DE OLIVEIRA y/o FRANCISCO d´OLIVEIRA, lo que así declaro." Disidencia: No existe disidencia en la sentencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: