CALLA RIBERA, JORDAN LIONEL Y OTRA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos confirmó la legalidad del Decreto 002/2020 que suspendió entregas gratuitas de entradas en el complejo termal, rechazando la pretensión de los actores de invalidar el acto y proteger derechos adquiridos.
Actor: Jordan Lionel Calla Ribera y Mariangeles Paglianiti, en carácter propio.
Demandado: Municipalidad de San José.
Objeto: Que se declare la ilegitimidad del Decreto municipal 002/2020 del 6/1/2020, en cuanto afecta derechos adquiridos y regula el ingreso gratuito al complejo termal, y se ordene su cumplimiento con costas.
- Qué se resolvió (Decisión): La Cámara rechazó la demanda, considerando que el decreto se dictó dentro de la competencia del municipio, no vulnera derechos adquiridos, ni viola normativa, y no presenta vicios de ilegítimo. Se ordenaron costas a los actores vencidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la normativa aplicable, destacando la sucesión normativa en los reglamentos del complejo termal y la existencia de diferentes reglamentos en distintos momentos para los inmuebles adquiridos por los actores. Concluyó que no surge derecho subjetivo alguno de ingreso gratuito al complejo, y que el decreto cuestionado fue dictado en ejercicio legítimo de competencia, no afectando derechos adquiridos ni incumpliendo la ley. Se resaltó que la modificación del reglamento y la regulación del ingreso corresponden a la autoridad concesionaria y no al municipio, y que el acto administrativo impugnado buscó igualar las condiciones de acceso sin vulnerar derechos consolidados. La defensa del interés público y la competencia del municipio justifican la legalidad del decreto.
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