Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: CONDE, TATIANA SOLEDAD Y OTROS IMPUTADO: TAGLE, ATILIO LEANDRO Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvió en mayoría que el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal es inadmisible, ya que no se invocaron concretamente agravios que constituyeran cuestiones federales suficientes para habilitar la instancia extraordinaria, y la argumentación presentada consistió en meras disconformidades con la decisión de la sala. La disidencia del juez Días consideró que el recurso era admisible, dado que los reclamos implicaban cuestiones federales que debían ser tratadas por la Corte Suprema.
- Quién demanda: Ministerio Público Fiscal (recurrente).
¿A quién se demanda?
Tribunal de la sala que confirmó el sobreseimiento del imputado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión del fallo por supuesta arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales, alegando que la decisión de confirmar el sobreseimiento vulneró principios como el interés superior del niño, dignidad humana, igualdad ante la ley y tutela judicial efectiva.
¿Qué se resolvió?
La mayoría de los jueces declaró inadmisible el recurso extraordinario, por considerar que no se invocaron agravios federales suficientes y que la argumentación del recurrente fue meramente disconformidad. La disidencia, en cambio, sostuvo que el recurso era admisible dado que planteaba cuestiones de índole constitucional y federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala sostuvo que el agravio central del impugnante radicaba en una supuesta arbitrariedad sobre la ausencia de una certeza negativa, argumento que fue respondido con fundamentos de derecho común, sin invocar específicamente cuestiones federales. Además, se resaltó que no se señalaron razones que hicieran verosímil la arbitrariedad ni cuestiones constitucionales que habilitaran la instancia extraordinaria. La disidencia consideró que los reclamos implicaban cuestiones constitucionales y que cumplían con los requisitos para la admisibilidad del recurso.
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