GEIER, MARIA LUISA Y OTRO C/ MONTENEGRO, OSVALDO OSCAR Y OTROS S/SUMARIO
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los recursos de apelación por desacuerdo con la valoración de la responsabilidad y los montos indemnizatorios, y ajustando parcialmente la condena por daño moral.
- Quién demanda: María Luisa Geier y Marcos Alberto Fernández
¿A quién se demanda?
Osvaldo Oscar Montenegro, Hospital San Miguel, Hospital Felipe Heras, y la Provincia de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad por mala praxis médica, daños y perjuicios, incluyendo daño material, moral, pérdida de chance y gastos médicos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de apelación, confirmó la responsabilidad del Dr. Montenegro, y ajustó el monto de daño moral a $454.673,22, con intereses. También distribuyó costas y dispuso honorarios en función de la economía procesal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de grado se fundamentó en la prueba pericial médica que acreditó negligencia del profesional, específicamente en la omisión de realizar estudios y controles adecuados ante cuadro de insuficiencia placentaria y oligohidramnios, que contribuyeron al fallecimiento del feto. La Cámara valoró que la responsabilidad del médico es de medios, no de resultado, y que la conducta del profesional fue negligente al no actuar con la diligencia requerida. El tribunal también consideró que los montos indemnizatorios, aunque elevados, se justificaron por la gravedad del daño y las circunstancias del caso, y que los agravios respecto a la cuantificación no lograron desvirtuar adecuadamente la razonabilidad de la sentencia.
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