AROCENA, MARIA DEL CARMEN C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que condenó al IAPSER a pagar más de 4 millones de pesos por accidente laboral. La Cámara consideró justificada la liquidación y la aplicación de doctrina vinculante Crettaz, rechazando los agravios del asegurador.
- Quién demanda: María del Carmen Arocena
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo y enfermedad profesional, con un monto de $ 4.045.338,74, y una incapacidad parcial y permanente del 17,04%
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de la aseguradora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la prueba pericial y la liquidación del monto indemnizatorio, concluyendo que la misma fue correcta y ajustada a la doctrina "Crettaz" del STJER, que establece que la evaluación de la validez de la normativa debe hacerse en cada caso en particular, priorizando la protección del trabajador. Se sostuvo que la liquidación fue realizada conforme a la doctrina vinculante y que la aplicación del RIPTE en sustitución de la tasa activa mejora sustancialmente la indemnización. La Cámara rechazó los argumentos de la aseguradora respecto a la inconstitucionalidad del decreto 669/19, la vulneración del contrato de seguro, y la supuesta violación de normas constitucionales y legales, considerando que todos los agravios son infundados y que la sentencia de grado fue justa y fundada.
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