VEGA, GABRIEL RAMON C/ ASOCIART ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Cámara de Gualeguaychú revocó la resolución que declaraba incompetente para intervenir en el proceso y declaró la constitucionalidad de la Ley 27.348 y la Ley Provincial 10.532, estableciendo la competencia del Juzgado del Trabajo de Gualeguay en un reclamo por enfermedad profesional.
- Quien demanda (Actor): Gabriel Ramón Vega
Demandado: Asociación Art S.A. (ART)
Objeto: Cuestión de competencia en un proceso por enfermedad profesional y la constitucionalidad de normativas vinculadas.
Decisión: La Cámara de Gualeguaychú admitió el recurso de Vega, revocó la resolución que declaraba incompetente y declaró la competencia del Juzgado del Trabajo de Gualeguay, además de declarar la inconstitucionalidad de las leyes cuestionadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de la Cámara sostuvo que la resolución de la jueza de grado, que apartó de la doctrina judicial y constitucional, vulneraba derechos fundamentales del trabajador, como el acceso a la justicia, el debido proceso y el juez natural. Se apoyó en precedentes de la Corte Suprema y del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que establecen la invalidez constitucional de las normativas que substraen la competencia del Poder Judicial en materia de daños laborales, y que la instancia administrativa previa y excluyente, como la prevista en la Ley 27.348, resulta inconstitucional por cercenar derechos constitucionales y por su inadecuada función técnica, pues asigna a médicos la función jurisdiccional en cuestiones jurídicas. La Cámara también resaltó que la jurisprudencia nacional y provincial ha establecido que los órganos administrativos no pueden reemplazar la función judicial en materia de interpretación y aplicación del Derecho, particularmente en derechos fundamentales como el acceso a la justicia y el juez natural. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia de la Corte Suprema en causas como "Pogonza" y "Estrada", que apoyan la invalidez de normativas similares.
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