PIÑEYRO, SILVIA ALEJANDRA C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la responsabilidad del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos en una enfermedad profesional y mantuvo la condena de más de 4.5 millones de pesos. El tribunal rechazó los agravios sobre la causalidad y la constitucionalidad del decreto 669/19, ratificando la doctrina Crettaz.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quien demanda (Actor): Silvia Alejandra Piñeyro
- A quien se demanda (Demandado): Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)
Objeto: Indemnización por enfermedad profesional RVAN grado II adquirida en tareas laborales.
- Qué se resolvió (Decisión): La Cámara confirmó la responsabilidad del demandado y la condena a pagar $4.579.751,35 por la enfermedad. Se rechazaron los agravios de la aseguradora, ratificando la jurisprudencia "Crettaz". Los jueces consideraron que la prueba y la valoración del peritaje médico, junto con los testimonios y las presunciones sistémicas, acreditan la causalidad laboral. También se ratificó la aplicación del método de liquidación del fallo de grado y la tasa de interés del 12% anual. La mayoría sostuvo que la normativa inconstitucional (decreto 669/19) no afecta la validez del fallo, en tanto la comparación entre la liquidación y la normativa anterior favorece al trabajador.
- Fundamentales: La pericia médica concluyó que la patología tiene origen laboral; la prueba testimonial corroboró ambientes nocivos en el trabajo; la jurisprudencia "Crettaz" es obligatoria; la inconstitucionalidad del decreto 669/19 no altera la liquidación favorable al actor; la tasa de interés del 12% es razonable para compensar la mora y evitar enriquecimiento ilícito. Los agravios de la aseguradora sobre la constitucionalidad del decreto, la causalidad y la liquidación fueron rechazados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: