JAUREGIALZA, JESICA RAQUEL C/CONSEJO GENERAL DE EDUCACION S/ACCION DE EJECUCION
La Cámara de Apelaciones de Paraná rechazó la demanda de acción de ejecución por haberes no pagados, argumentando que la actora no agotó previamente las vías administrativas y que la liquidación del Consejo General de Educación se realizó de acuerdo a la normativa vigente, sin arbitrariedad ni incumplimiento legal.
- Quién demanda: Jésica Raquel Jauregialza, en su propio nombre.
¿A quién se demanda?
Consejo General de Educación de Entre Ríos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de haberes por funciones como Maestra de Grado en dos escuelas en noviembre de 2023, incluyendo traslado, hora N.E.P. y aumento paritario.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la acción de ejecución, sosteniendo que la demandante no agotó las vías administrativas previas y que la liquidación se realizó conforme a las normas y procedimientos vigentes. Además, se consideró que la demanda carecía de precisión en señalar la ley o reglamento incumplido y que no existía arbitrariedad en la liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora no ha realizado reclamo administrativo, ni consulta informal respecto a ninguna cuestión relacionada a sus haberes. La liquidación y pago se efectuaron conforme a las normativas vigentes, con cortes de liquidación claros y sistema conocido por la actora. La demanda adolece de precisiones y no cumple con los requisitos legales para una acción de ejecución, pues no señala la ley o reglamento incumplido, ni demuestra la arbitrariedad en los procedimientos administrativos." Además, se resaltó que la vía del amparo en su modalidad de acción de ejecución requiere la existencia de un deber expresamente determinado y la constatación de la incumplimiento, lo cual no se acreditó en este caso. Se hizo énfasis en que la acción fue inadmisible por no cumplir con los requisitos procesales y sustanciales previstos en la ley 8369 y en la Constitución provincial.
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