SORIA, MIRTA GLADYS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y ordena su devolución, en atención a que el informe médico elaborado por el Cuerpo Médico Forense determina una incapacidad del 80,21%, que implica la invalidez prevista en el artículo 49, punto 4 de la ley 24.241, y que, conforme al criterio de la Corte Suprema en el precedente “Sosa”, dichas conclusiones no fueron impugnadas.
¿Quién es el actor?
Mirta Gladys Soria
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Revisión del dictamen de invalidez dictado por la Comisión Médica Central, en el marco del art. 49, punto 4, de la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y devuelve las actuaciones al organismo de origen, en virtud de que el informe técnico del Cuerpo Médico Forense establece una incapacidad del 80,21%, que cumple con los requisitos para la protección previsional por invalidez. La decisión se fundamenta en que las patologías y factores establecidos en el informe, conforme a las normas de evaluación del Anexo 1 del decreto 478/1998, generan esa incapacidad, y que las conclusiones médicas no fueron impugnadas, en línea con el criterio de la Corte Suprema en el fallo “Sosa” (Fallos 340:2021). Las costas se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución analiza el informe técnico del Cuerpo Médico Forense, que indica una incapacidad del 80,21%. Se remite a la normativa aplicable, incluyendo el art. 48 y 52 de la ley 24.241, y a la jurisprudencia de la Corte Suprema, que establece que en casos de informes médicos no impugnados, procede revocar el dictamen de la Comisión Médica y devolver las actuaciones para que se dicte una nueva resolución. La Sala concluye que la incapacidad cumple los requisitos para la declaración de invalidez prevista en la norma, justificando la revocación del dictamen y la devolución del expediente.
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