ACCARDI LUIS ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en la mayoría de los aspectos la resolución de primera instancia, en línea con la legalidad y constitucionalidad de las normas aplicadas en la materia previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso recursos contra una sentencia que resolvió en un expediente de reajustes de prestaciones previsionales, específicamente la jubilación otorgada con fecha de adquisición del derecho 12 de agosto de 2021. La Cámara analiza distintos agravios relacionados con la actualización del haber previsional, la constitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.609, y la aplicación de los índices de movilidad. La Cámara sostiene que las decisiones legislativas en materia de actualización de remuneraciones y movilidad del haber son constitucionales y que la comparación de índices debe hacerse según los parámetros legales vigentes, rechazando los planteos que cuestionan la constitucionalidad de esas disposiciones. En cuanto a la actualización de las prestaciones, reafirma que la normativa vigente en el momento de adquisición del beneficio debe aplicarse, y que las modificaciones posteriores al momento del otorgamiento no afectan el cómputo inicial. La sentencia también destaca que los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago no deben ser objeto de actualización. La Cámara confirma la constitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, y de las leyes 27.426 y 27.609, y desestima los planteos de inconstitucionalidad. La resolución revoca parcialmente la sentencia en los términos analizados, manteniendo la legalidad de las reglas aplicadas y rechazando las quejas en su mayoría.
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