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ZINCUNEGUI, ANA MARIA C/ NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS SA Y OTROS S/ SUMARISIMO

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos declaró procedentes los recursos de inaplicabilidad de ley en la causa contra la resolución de la Cámara de Gualeguaychú, confirmando que el fallo de primera instancia debe mantenerse y anulando la elevación del monto de la condena por daño punitivo.

Recurso extraordinario Honorarios Principio de congruencia Reformatio in peius Dano punitivo Jurisprudencia Responsabilidad contractual Inaplicabilidad de ley Sentencia firme. Camara de gualeguaychu


¿Quién es el actor?

Ana María Zincunegui.

¿A quién se demanda?

Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recursos de inaplicabilidad de ley contra la resolución que elevó el monto de la condena por daño punitivo a $2.000.000.

¿Qué se resolvió?

Se declara la procedencia de los recursos, CASANDO la decisión de la Cámara y dejando firme el fallo de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la resolución de la Cámara excedió los límites del recurso, modificando un pronunciamiento que la parte no había recurrido y vulnerando el principio de congruencia y la prohibición de reformatio in peius. Se destacó que la sentencia de la Cámara elevó el monto en perjuicio del recurrente, en contravención a la jurisprudencia y a las reglas procesales, y que la valoración de la conducta de los demandados fue coherente con la doctrina legal. Además, se rechazaron los agravios relacionados con la arbitrariedad, la falta de explicitación del método de cálculo y la supuesta violación de principios constitucionales, considerando que la resolución fue razonable y respetó las garantías constitucionales.

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