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IBARRA, RENZO ARIEL C/ RODRIGUEZ, RICARDO DEMETRIO Y OTRO. S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Gualeguaychú confirmó el rechazo de la demanda por daños y perjuicios en un accidente vial. La decisión se fundamentó en la inexistencia de daño físico y la falta de causalidad probada, manteniendo la sentencia de primera instancia.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Incapacidad Rechazo de demanda Dano patrimonial Accidente vial Camara de gualeguaychu. Prueba medica pericial


¿Quién es el actor?

Renzo Ariel Ibarra

¿A quién se demanda?

Ricardo Demetrio Rodríguez y Paraná S.A. de Seguros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 13/10/2017, incluyendo daños físicos, daño moral y daño patrimonial.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia rechazó la demanda por no acreditar la existencia del daño físico ni el nexo causal con el accidente, y la Cámara confirmó esa decisión. La jueza consideró que las lesiones invocadas no estaban acreditadas ni evidencia suficiente que las relacionara con el siniestro, y que no existían daños patrimoniales o morales configurados. La pericia médica concluyó que no había lesiones con incapacidad y que el quiste de Baker no podía atribuirse causalmente al hecho dañoso. La valoración de la prueba documental y testimonial fue considerada adecuada y coherente con la normativa vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> La responsabilidad del demandado se basa en la responsabilidad objetiva, pero la prueba médica pericial concluyó la inexistencia de lesiones que generen incapacidad o daño físico permanente. La documental aportada por la parte actora fue insuficiente y no acompañada de estudios complementarios necesarios. La declaración testimonial no fue suficiente para acreditar el daño, y el tiempo transcurrido desde el accidente dificultó la relación causal sobre el quiste de Baker. La sentencia de primera instancia fue ajustada a derecho, y no existieron errores jurídicos o de valoración probatoria que justifiquen su revocación. > La apelación fue considerada infundada, y la sentencia de rechazo fue confirmada por mayoría.

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