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CARMONA, CANDIDO MARIA S/ USUCAPION (- TPRO: USUCAPION)

La Cámara de Gualeguaychú revoca la sentencia de primera instancia que había aceptado una acción de usucapión, argumentando insuficiencia y dudas en las pruebas presentadas. La mayoría de los votos concluyó que la prueba no fue concluyente para acreditar la posesión efectiva durante veinte años.

Prescripcion adquisitiva Usucapion Sentencia Prueba insuficiente Dominio Documentacion Mensura Revocacion. Posesion efectiva Camara de gualeguaychu


¿Quién es el actor?

Cándido María Carmona (quien promovió la acción de usucapión).

¿A quién se demanda?

No se menciona un demandado específico, sino que la demanda fue rechazada.
- Objeto de la demanda: Acciones de prescripción adquisitiva (usucapión) respecto de un inmueble en Médanos, departamento de Islas del Ibicuy.
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había acogido la demanda, rechazando la solicitud de usucapión por considerarla no probada de manera concluyente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los pagos parciales de impuestos, sin un acto posesorio concluyente, no demuestran la voluntad de posesión requerida para la usucapión. La mensura no equivale a deslinde ni a posesión efectiva, y actos como inventarios o particiones no constituyen actos posesorios. La presencia familiar en el inmueble, vinculada a funciones públicas, no demuestra dominio. La documentación y fotografías presentadas no acreditan posesión efectiva ni mejoras en el inmueble durante veinte años. La prueba presentada genera dudas, no certezas, sobre la posesión efectiva necesaria para la usucapión." El voto mayoritario sostiene que la prueba no fue suficiente y que la sentencia debe ser revocada, con costas a la parte actora.

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