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BENITEZ, ROQUE VICENTE MARÍA S/ LESIONES GRAVES CALIFICADAS POR MEDIAR VIOLENCIA DE GÉNERO, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y OTRO

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena de 8 años de prisión por delitos de violencia de género, abuso sexual y privación ilegítima de la libertad contra Roque Benítez, considerando probados los hechos y la responsabilidad penal del imputado.

Violencia de genero Credibilidad del testimonio Valoracion probatoria Delitos sexuales Unificacion de condenas Privacion ilegitima de libertad Responsabilidad penal Pena de cumplimiento efectivo Lesiones leves calificadas


- Quién demanda: La Fiscalía y la víctima, M.d.l.A.V.

¿A quién se demanda?

Roque Vicente Benítez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La responsabilidad en delitos de lesiones leves calificadas por violencia de género, abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de libertad.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la condena de 8 años de prisión efectiva, unificada con condena anterior, y se revocó la condicionalidad de la condena previa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia valoró la credibilidad de la declaración de la víctima, que fue corroborada por testimonios y pericias médicas, y consideró probada la materialidad y autoría en los hechos imputados. La valoración probatoria se realizó bajo los parámetros de la sana crítica, concluyendo que la prueba de cargo resultó suficiente y creíble. La conducta del imputado fue calificada como dolosa, con plena conciencia de la ilegalidad, en un contexto de violencia de género, y se consideraron agravantes como el vínculo de pareja y la reiteración en los hechos. La pena de ocho años fue determinada en función de la gravedad del daño, la modalidad del hecho y los antecedentes del imputado.

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