ARANDA, FACUNDO GABRIEL C/ TARJETA NARANJA SA S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó a Tarjeta Naranja S.A. entregar información sobre la deuda del actor, ante incumplimiento de la demandada y la procedencia del amparo de habeas data. La decisión resaltó la importancia de la protección de datos personales y el cumplimiento legal de la obligación de informar.
- Quién demanda: Facundo Gabriel ARANDA
¿A quién se demanda?
Tarjeta Naranja S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La entrega de toda la información en su base de datos, incluyendo registros de deudor, obligaciones, montos, intereses, cesiones a terceros, productos y servicios contratados.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de habeas data y se condenó a la demandada a entregar la información en cinco días hábiles, por incumplimiento en responder y entregar la información solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El incumplimiento de la demandada de contestar y entregar la información solicitada, pese a la intimación fehaciente, configura una vulneración del derecho constitucional y legal del actor a acceder a sus datos personales, en línea con los principios de protección de datos y la normativa vigente en la materia." "El proceso de amparo de habeas data tiene una naturaleza expedita y no requiere demostrar ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, sino la existencia de una negativa o incumplimiento en la entrega de información personal solicitada." Se resaltó además que la acción fue interpuesta en tiempo y forma, y que la intimación mediante carta documento fue fehaciente, habilitando la vía judicial.
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