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GÓMEZ, SERGIO DANIEL S/ HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena por homicidio culposo con agravante por alcohol en sangre y elevó la pena a tres años de prisión condicional. Rechazó el planteo de exclusión probatoria y dispuso reglas de conducta y costas.

Prueba Causalidad Costas procesales Alcoholemia Siniestro vial Conduccion imprudente Homicidio culposo Responsabilidad penal Agravante Reglas de conducta

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal declara probado que Sergio Daniel Gómez, conducía su vehículo a una velocidad superior a 101 km/h, con una graduación de alcohol en sangre de 1,61 g/l, y perdió el control invadiendo el carril contrario, impactando frontalmente a la víctima, Horacio González Taboada, quien falleció en el acto. La causa del siniestro fue la pérdida del dominio del vehículo por parte del imputado, que invadió el carril en condiciones de imprudencia y alcohol en sangre, violando los deberes de cuidado establecidos en la ley de tránsito. La valoración probatoria indica que Gómez actuó con plena capacidad de previsión y discernimiento, y que su conducta fue violatoria del deber de cuidado, creando un riesgo jurídicamente desaprobado que se concretó en la muerte de la víctima. La fiscalía solicitó la agravante por alcoholemia y conducción imprudente, pero la Cámara concluyó que no quedó acreditada la relación causal entre el nivel de alcohol y el siniestro, por lo que se excluyó la agravante. La pena aplicada fue de tres años de prisión condicional, con inhabilitación para conducir por seis años, reglas de conducta y costas. Se rechazó el pedido de decomiso del vehículo, por tratarse de un delito culposo.

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