MORALES, LUIS MIGUEL S/ AMENAZAS COACTIVAS Y OTRO
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena de Morales por amenazas coactivas, daño y desobediencia judicial, fundamentando en la evidencia probatoria y en la gravedad de los hechos, manteniendo la pena de dos años y un mes de prisión efectiva.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía de Gualeguaychú.
¿A quién se demanda?
Luis Miguel Morales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por amenazas coactivas, daño y desobediencia judicial, y la imposición de pena de 2 años y 1 mes de prisión efectiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando probada la existencia de los hechos y la participación del imputado, la gravedad del delito y la responsabilidad penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En función del plexo probatorio, se ha podido recrear la existencia material de los hechos y la participación del acusado en calidad de autor, con el grado de certeza que la instancia requiere y fuera de toda duda razonable. La prueba testimonial, pericial y documental acredita que Morales, en el contexto de violencia de género, realizó amenazas, daños y desobedeció medidas judiciales vigentes, actuando con dolo directo y en plena conciencia de la ilicitud de sus actos. La amenaza de muerte, la destrucción de bienes y la desobediencia a las restricciones judiciales configuran delitos tipificados en el Código Penal, justificando la pena de dos años y un mes de prisión efectiva, además de la declaración de reincidente." Votos en disidencia: No se reportan.
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