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FERRARI, DEMIÁN S/ HOMICIDIO CULPOSO

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena a Demian Ferrari por homicidio culposo y privación ilegítima de la libertad. El tribunal consideró probado que Ferrari actuó con plena conciencia y culpabilidad, agravado por alcohol y velocidad, sin inimputabilidad.

Homicidio culposo Conduccion temeraria Responsabilidad penal Prueba pericial accidentologica Responsabilidad objetiva y subjetiva Alcohol en sangre 1.14 g/l Inimputabilidad (descartada) Dano con resultado mortal Ley 24.449 transito argentino Causalidad siniestral


¿Quién es el actor?

La Fiscalía y la Querella por la muerte de Valentina Díaz.

¿A quién se demanda?

Demian Ferrari.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La responsabilidad por homicidio culposo agravado y privación ilegítima de la libertad.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la condena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva y 6 años de inhabilitación para conducir, rechazando la inimputabilidad alegada por la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia determinó que Ferrari conducía a velocidad superior a la permitida, con alcohol y sin conciencia plena, en estado de culpabilidad. La autopsia y la prueba pericial demostraron que el siniestro fue resultado directo de su conducta negligente. La inimputabilidad por psicosis o depresión no fue acreditada, ya que las pruebas indican plena capacidad de comprender y dirigir sus actos. La causa de la muerte fue un traumatismo por impacto del airbag, en un contexto de conducción temeraria y alcoholizada. La sentencia respeta el marco legal y doctrinal de la responsabilidad penal en delitos culposos.

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