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ZACARIAS, DAMARIS PRISCILA -HOMICIDIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo del Colegio de Cámara de Vera, que confirmó la condena a prisión perpetua por homicidio calificado, considerando que no se acreditan vulneraciones constitucionales ni arbitrariedades.

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- Quién demanda: La defensa de Damaris Priscila Zacarías

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Santa Fe en ejercicio del recurso de queja contra la resolución del Colegio de Cámara de Vera

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La autorización para que la Corte revise la denegación del recurso de inconstitucionalidad y cuestionamientos sobre la legalidad y fundamentación de la decisión de la Cámara de Vera

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja por considerar que las alegaciones son genéricas y no evidencian vulneración constitucional alguna, además de que la interpretación de los hechos y pruebas por parte de los tribunales inferiores no resulta arbitraria ni afecta garantías constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En sustancia, se discute la interpretación que de los hechos, prueba y derecho común y procesal efectuó la Alzada en ejercicio de funciones propias, sin que se avizore la presencia de un supuesto de arbitrariedad o vulneración constitucional que justifique la intervención de esta Corte." "No puede ser acogido, considerando que la compareciente con sus genéricas alegaciones no demuestra las afectaciones constitucionales que invoca." "Las cuestiones vinculadas a la calificación legal de los sucesos, como el grado de convencimiento sobre la prueba, no constituyen cuestión constitucional alguna, salvo supuestos de arbitrariedad que no se demuestran en el caso." "La configuración de la figura agravada ocurre con la presencia de tan sólo una calificante e independientemente de que se adicionen otras más, por lo que no acredita que la defensa tenga entidad para variar el resultado final de la causa." "La queja no es una vía para modificar los fundamentos del remedio de inconstitucionalidad, y los argumentos en abstracto no podrán ser analizados en esta instancia, más aún si no fueron planteados oportunamente." En conclusión, la Corte rechaza la queja por no evidenciar vulneraciones constitucionales ni arbitrariedades, confirmando la validez del pronunciamiento judicial atacado.

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