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OLIVA, CAROLINA FLAVIA INES s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO CONSUMADO

La Cámara de Rosario confirmó parcialmente la condena a Carolina Flavia Inés Oliva, modificando la calificación de su participación a partícipe secundaria en un robo calificado por uso de arma de fuego, y estableció una pena de tres años y cuatro meses de prisión, manteniendo las restricciones vigentes hasta que la sentencia quede firme.

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- Quién demanda: La defensa de Carolina Flavia Inés Oliva y la Fiscalía, en recurso de apelación contra la sentencia del juez de primera instancia.

¿A quién se demanda?

La sentencia N° 1009 del juez Héctor Nuñez Cartelle, que la condenó a seis años y ocho meses de prisión por robo calificado por uso de arma de fuego.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La defensa solicita la modificación del grado de participación y la reducción de la pena, además de cuestionar la valoración probatoria y la participación en el hecho, alegando que su participación fue secundaria y que no tuvo dominio del hecho. La Fiscalía disiente, sosteniendo que la participación fue activa y que existió dominio funcional del hecho.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena, modificando la calificación legal y el grado de participación, estableciendo a Oliva como partícipe secundaria en el delito, y fijando una pena de 3 años y 4 meses de prisión. También dispuso mantener las restricciones vigentes hasta que la sentencia quede firme.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la evidencia y la declaración de la víctima, concluyendo que Oliva tuvo participación activa en el hecho, señalando que “el aporte que cada uno realiza al hecho es no sólo conforme el plan concreto sino además aquél sin el cual el hecho no podría haberse llevado a cabo”. Se destaca que “la mujer, para el sujeto violentado, no fue percibida como una amenaza ni un frente común junto con el masculino que ejercía la violencia para lograr la finalidad del robo”. La valoración de la prueba y la declaración de la víctima permiten concluir que Oliva tuvo participación en el robo calificado, aunque en grado de colaboración secundaria, por lo que corresponde ajustar la calificación jurídica y la pena en consecuencia. La Cámara también consideró que la prisión domiciliaria vigente debe mantenerse hasta que la sentencia quede firme, para respetar principios de proporcionalidad y derechos de la imputada.

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