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E., L. M. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMAS, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA, ABUSO SEXUAL SIMPLE, ABUSO SEXUAL SIMPLE CON ARMA Y ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de 48 años de prisión por delitos sexuales, rechazando los agravios de la defensa respecto a la agravante del uso de armas y la cuantificación de la pena, considerando que la sentencia se ajusta a derecho y la gravedad de los hechos.

Recurso de apelacion Prueba testimonial Delitos sexuales Resocializacion Proporcionalidad de la pena Gravedad del hecho Agravante uso de armas Camara de rosario. Condena 48 anos Abusos en concurso real

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia original condenó a L. M. E. a 48 años de prisión por múltiples hechos de abuso sexual con agravantes, incluyendo el uso de armas y la concurrencia de varios delitos en concurso real. La defensa apeló alegando insuficiencia probatoria respecto a la agravante del arma y solicitó reducir la pena a 20 años argumentando que la pena de 48 años resulta cruel e inhumana. La Fiscalía sostuvo la correcta valoración probatoria y la justificación de la pena, destacando la gravedad de los delitos y la peligrosidad del imputado. Los tribunales de alzada analizaron las testimoniales y la normativa vigente, concluyendo que la existencia del arma fue suficientemente probada y que la pena de 48 años resulta proporcional, ajustada a derecho y con finalidad resocializadora. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, rechazando los agravios y ratificando la fundamentación de la condena.

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