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SEGOVIA, JOSE LUIS c/ ASOCIART ART S.A. -DEMANDA LABORAL COBRO DE PESOS Y PRESTACIONES LEY 24557- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA PARCIALMENTE ADMITIDA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inadmisible la queja por inconstitucionalidad contra una decisión en un proceso laboral, considerando que la conducta del recurrente implicó un desistimiento tácito del recurso, haciendo abstracta la cuestión judicial.

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Actor: Jose Luis Segovia Demandado: ASOCIART ART S.A. Objeto: Revisión de una resolución judicial que aplicó la ley 24557 y 26773 en un reclamo por indemnización por enfermedades profesionales, cuestionando la constitucionalidad del artículo 14 de la Ley de Riesgos del Trabajo. Decisión: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inadmisible la queja por inconstitucionalidad, considerando que la suma depositada en pago y aceptada sin reserva por el actor implicó un desistimiento tácito del recurso, tornando la cuestión abstracta y sin objeto de decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El comportamiento del presentante en el proceso —el que solo se pudo apreciar con los autos principales— es francamente irreconciliable con el mantenimiento de su pretensión impugnativa extraordinaria que se encontraba en trámite, pues el pedir que se realice la transferencia por la suma dada en pago sin efectuar ninguna salvedad, constituye una conducta contradictoria con su postura recursiva previa y autoriza a sostener que para el acreedor dicho pago resultó satisfactorio, liberando al deudor y extinguiendo en forma definitiva toda discusión al respecto." "El depósito en calidad de pago del importe de la suma adeudada sin hacer reserva alguna de continuar el trámite de la queja importa una renuncia o desistimiento o tácito del recurso" (Fallos: 310:2801). Además, la Corte consideró que la postulación del recurrente respecto a la invalidez constitucional del artículo 14 de la ley 20744, contaba con suficiente asidero en las constancias de la causa y suponía articular con seriedad un planteo idóneo para acceder a esta instancia de excepción. Sin embargo, la conducta del actor tras el depósito hizo que la cuestión se tornara abstracta, y correspondió declarar la inadmisibilidad del recurso por inoficioso.

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