LOPEZ, FRANCO NAHUEL s/ HOMICIDIO
La Cámara de Apelaciones de Rosario confirmó la condena de 20 años de prisión a Franco Nahuel López por el homicidio de un bebé de seis meses, considerando probado su responsabilidad y valorando los indicios de violencia y dolo en el hecho. La decisión respalda la valoración probatoria y la proporcionalidad de la pena.
Quién demanda: La Defensa Técnica de López presenta recurso de apelación contra la sentencia condenatoria.
¿A quién se demanda?
La Cámara de Rosario, que ya había condenado a López a 20 años de prisión por homicidio calificado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa solicita la absolución o en su defecto una reducción de la pena, alegando dudas sobre la autoría, la falta de certeza en la evidencia, y cuestionando la proporcionalidad de la condena.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia en todos sus términos, ratificando la responsabilidad de López y la adecuación de la pena impuesta. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó la materialidad del hecho, que quedó acreditada por la autopsia y la evidencia médica, determinando que las lesiones fatales se produjeron en la madrugada del 23 de abril, en la habitación donde López quedó solo con el bebé al momento de la lesión. La evaluación de los peritos médicos fue determinante para precisar que el traumatismo fue producido por un impacto con una superficie dura, descartando la posibilidad de accidente o caída espontánea. La responsabilidad de López se fundamenta en su carácter violento, las conversaciones previas que evidencian maltrato, y la imposibilidad de que el niño se golpeara solo dada su edad y condición. La conducta posterior del imputado, solicitando ayuda y mostrando desesperación, no fue considerada suficiente para excluir su responsabilidad, ya que las pruebas indican que el golpe fue intencional y con conocimiento. La pena de 20 años fue ajustada a la gravedad del delito y las circunstancias agravantes, sin que existan elementos que ameriten reducirla. La valoración de la prueba, la coherencia de los testimonios, y la pericia médica concluyen en que López es autor y responsable del hecho. La defensa no logró desvirtuar la solidez de la evidencia ni presentar dudas razonables.
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