ATILIO O. SALAS INMOBILIARIA S.R.L. c/ VFM S.A. -RECURSO DE QUEJA POR APELACION DENEGADA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la parte demandada contra una resolución que confirmó la denegatoria de un recurso de apelación en un proceso judicial. La decisión se fundamenta en que los argumentos presentados no demostraron arbitrariedad ni vulneraron derechos constitucionales, confirmando la validez del fallo de la Cámara de Apelación.
- Quién demanda: VFM SA, en calidad de demandada.
¿A quién se demanda?
La decisión de la Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la denegatoria de su recurso de apelación y la supuesta vulneración del debido proceso y del derecho de propiedad.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por considerarla improcedente, afirmando que los argumentos no demostraban arbitrariedad ni violaciones constitucionales, y que la resolución impugnada se ajustaba a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La recurrente no logra persuadir de que corresponda franquear el acceso a esta instancia de excepción, pues los argumentos expuestos en el memorial recursivo revelan la mera discrepancia con la solución adoptada por la Cámara, mas sin delinear adecuadamente una hipótesis de arbitrariedad que permita sostener que, al confirmar la denegación de la concesión del recurso de apelación, se hubiese desbordado el ámbito inherente a sus atribuciones propias." "Las únicas críticas vertidas contra la resolución denegatoria de la apelación se orientan a rebatir lo expuesto por la Cámara respecto a la improcedencia de la revocatoria in extremis. Sobre el particular, la demandada afirmó '[l]a sentencia impugnada (03/03/2021) pone fin a la cuestión refiriendo estricta y exclusivamente a fundamentos de inadmisibilidad de la queja por inadmisibilidad de la revocatoria in extremis', cuando, tal como se afirmó, debió dirigirse a lo sostenido por la Cámara con relación a la inapelabilidad del auto que desestimó su impugnación a la liquidación obrante en el apremio." "Por todo lo expuesto la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta y declarar perdido para la recurrente el depósito efectuado." La decisión sostiene que la parte recurrente no presentó argumentos constitutivos de arbitrariedad ni vulneraciones constitucionales que justifiquen la intervención de la Corte en esta instancia, confirmando la validez de la resolución de la Cámara en el marco del proceso judicial.
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