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LDC ARGENTINA S.A. c/ COMUNA DE TIMBUES -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por LDC Argentina S.A. contra una resolución que confirmó la validez de las ordenanzas municipales. El tribunal concluyó que no se acreditó arbitrariedad ni violación constitucional.

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Actor: LDC Argentina S.A. Demandado: La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 de Rosario y la Municipalidad de Timbúes. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que rechazó su recurso de reconsideración y de las ordenanzas municipales que establecen regímenes de recaudación fiscal (DREI) con cuotas fijas y mínimas, por considerarlas violatorias del Convenio Multilateral y la Constitución provincial. Decisión: La Corte rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara de desestimar el recurso de inconstitucionalidad, sosteniendo que las alegaciones de arbitrariedad no lograron demostrar un apartamiento del derecho o un vicio que afecte la constitucionalidad del fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó que las alegaciones de arbitrariedad, incluyendo prescindencia de pruebas, apartamiento de normas aplicables, y contradicción con la jurisprudencia, no estaban suficientemente acreditadas ni demostraban que la sentencia impugnada se apartara del derecho vigente. Se destacó que la valoración probatoria fue razonada y que la interpretación de la normativa por parte del tribunal fue ajustada a los antecedentes jurisprudenciales. Además, se concluyó que no se evidenció una colisión con normas constitucionales ni una extralimitación en la potestad tributaria municipal, y que las cuestiones relativas a la publicación de ordenanzas no presentaban vicio de arbitrariedad. La Corte enfatizó que las quejas deben vincularse claramente con la vulneración de garantías constitucionales y que en este caso, ello no sucedió, por lo que la vía del recurso de inconstitucionalidad no resultaba procedente.

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