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C., J. L. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL C., J. L. -APELACION SENTENCIA CONDENATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que confirmó la condena de prisión perpetua por homicidio doblemente calificado en un caso de violencia de género. La decisión se fundó en que los agravios no demostraron arbitrariedad ni afectación de garantías constitucionales.

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Actor: La defensa de J. L. C. Demandado: La Corte de Santa Fe, en su carácter de tribunal que resolvió la queja. Objeto: La admisión del recurso de inconstitucionalidad por supuesta vulneración de principios constitucionales, especialmente el principio de legalidad, derecho de defensa y debido proceso, por la denegación de la misma. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja por no evidenciar arbitrariedad o vulneración constitucional en la decisión del tribunal de grado. Concluyó que los agravios son meras discrepancias que no afectan garantías constitucionales ni revelan errores groseros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal señala que la impugnación se basa en cuestionamientos sobre la valoración de la prueba y la hipótesis de estado del vehículo al momento de los hechos, aspectos que fueron considerados y valorados en la sentencia de grado. "La Alzada no omitió valorar la prueba referida por la impugnante, sino que la consideró en el conjunto del plexo probatorio, mas otorgándole un tenor distinto al esperado por ésta." Además, respecto a la responsabilidad por lesiones y fallecimiento, expresó que la valoración de la prueba fue adecuada y que no existen indicios de arbitrariedad. También, afirmó que los cuestionamientos sobre la pena de prisión perpetua no configuran un perjuicio actual y efectivo, sino expectativas futuras, por lo que no corresponde su análisis en esta vía. La Corte concluyó que no se acreditó ninguna vulneración constitucional ni arbitrariedad que habiliten la apertura del recurso.

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