PAZ, NICOLAS SEGUNDO; MONZON, VICTOR ALEJANDRO Y PEREYRA, EMANUEL ALEJANDRO s/ ROBO DOBLEMENTE CALIFICADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO APTA PARA EL DISPARO Y ARMA BLANCA Y PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario revocó la sentencia absolutoria y condenó a Emanuel Pereyra a 7 años y 4 meses de prisión por robo doblemente calificado, confirmando en lo restante la decisión de la instancia inferior. La decisión se basó en la valoración de pruebas y reconocimiento del imputado.
- Quién demanda: Nicolás Segundo Paz, Víctor Alejandro Monzón y Emanuel Pereyra (imputados).
¿A quién se demanda?
La acusación por robo calificado con uso de arma de fuego y arma blanca, y portación ilegal de arma de fuego.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de la sentencia absolutoria y la condena de Pereyra, en base a pruebas de reconocimiento y secuestros que los vinculan con los hechos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la absolución de Pereyra y lo condenó a 7 años y 4 meses de prisión por robo doblemente calificado. Además, confirmó la absolución respecto de los otros imputados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El reconocimiento espontáneo de Valenzuela, basado en conocimiento previo, fue considerado válido y autónomo, sin ser afectado por irregularidades en la exhibición policial. La prueba de conjunto, incluyendo secuestros y testimonios, fue valorada en su conjunto, generando certeza respecto de la responsabilidad de Pereyra. La valoración de la prueba, en particular la credibilidad del testimonio de Valenzuela y las circunstancias del secuestro de la res furtiva, permitió concluir que existía suficiente prueba para atribuirle la autoría. La irregularidad en el reconocimiento de los otros imputados no alcanza para sustentar una responsabilidad certera, por lo que se mantiene la absolución en esos casos." Fundamentos adicionales: "Se destacó que el reconocimiento basado en conocimiento previo del imputado, en conjunto con otros elementos probatorios, resulta suficiente para justificar la condena. La valoración conjunta de prueba y la interpretación de los indicios bajo las reglas de la sana crítica permiten afirmar la responsabilidad penal de Pereyra, revocando la sentencia absolutoria y estableciendo la pena de 7 años y 4 meses de prisión."
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