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SANDOVAL, SERGIO FABIAN c/ EXPERTA ART S.A. -ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Sergio Fabián Sandoval contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, anulándola y remitiendo el expediente para un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundamentó en la omisión de fundamentación adecuada respecto al método de cálculo de incapacidad y el análisis de la inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo.

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- Quién demanda: Sergio Fabián Sandoval

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la sentencia que rechazó parcialmente su demanda por accidentes y enfermedades laborales, y cuestionamiento de la constitucionalidad de normas de la Ley de Riesgos del Trabajo y sus decretos reglamentarios.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia de la Cámara de Rosario y ordenó remitir el expediente para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte destacó que la sentencia impugnada incurrió en arbitrariedad al no fundamentar adecuadamente la exclusión del método de la capacidad restante para calcular la incapacidad en relación a las dolencias de columna, pese a que el peritaje médico había aplicado ese método, lo cual configura una vulneración al derecho a la defensa y al debido proceso. Consideró que las argumentaciones del tribunal de alzada respecto a la constitucionalidad de las normas y el rechazo de la excepción de prescripción estaban suficientemente fundadas y no constituían una arbitrariedad. La Corte resaltó que la omisión de fundamentación en torno al método de cálculo de incapacidad es un vicio que afecta la validez de la sentencia, y que la decisión de aplicar o no el método requiere una fundamentación adecuada y motivada. En cuanto a los intereses, la Corte también consideró que las razones expuestas para la fijación en una tasa de interés superior a la tasa activa no resultaban arbitrarias ni lesivas del derecho de propiedad. La Corte sostuvo que la revisión del método de cálculo de incapacidad debe realizarse en una nueva instancia, garantizando una adecuada fundamentación.

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