AMX ARGENTINA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE RUFINO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo anuló las resoluciones municipales que sancionaban a AMX Argentina S.A. por publicidades en locales privados, por vicios en el procedimiento y delegación ilegal. Confirmó la nulidad y ordenó la devolución de los montos ingresados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, AMX Argentina S.A., demanda contra la Municipalidad de Rufino por la resolución que rechazó su recurso de reconsideración y determinó el pago de derechos de publicidad y propaganda.
- La Municipalidad de Rufino, en su defensa, alegó que la actividad fiscalizadora y recaudatoria fue delegada en una empresa privada y que los actos administrativos carecían de los requisitos legales indispensables, incluyendo la existencia de actas de relevamiento firmadas y documentadas correctamente.
- La Cámara analizó la legalidad del procedimiento y concluyó que la delegación en una empresa privada, sin la debida habilitación legal y sin la incorporación de las actas y documentación correspondientes, vulneró principios constitucionales y legales.
- Se evidenció que la Municipalidad no aportó la documentación administrativa sustentatoria ni cumplió con los requisitos de legalidad en el procedimiento de determinación de oficio, por lo que los actos estaban viciados de nulidad absoluta.
- La sentencia declaró la nulidad de las resoluciones municipales y ordenó la devolución de las sumas ingresadas por el contribuyente, además de imponer las costas a la Municipalidad de Rufino.
- La decisión fue fundamentada en que la delegación de funciones públicas esenciales, como la fiscalización y recaudación tributaria, en manos de empresas privadas, viola la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, y las leyes tributarias, además de vulnerar garantías constitucionales del administrado.
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