D., A. S. s/ RAPTO Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN CONCURSO REAL, RAPTO EN GRADO DE TENTATIVA, RAPTO EN GRADO DE TENTATIVA Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN CONCURSO REAL, RAPTO EN GRADO DE TENTATIVA Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN CONCURSO REAL
La Cámara de Rosario confirmó la condena de D. por delitos sexuales y de rapto, rechazando la impugnación de la defensa y manteniendo la pena de siete años y seis meses de prisión, tras valorar la evidencia y la correcta valoración probatoria realizada en primera instancia.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía y el Ministerio Público de la Acusación (MPA) apelaron la sentencia condenatoria.
¿A quién se demanda?
A. S. D., condenado por delitos sexuales y de rapto en distintas causas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa de D. solicitaba la nulidad de la sentencia por supuesta violación del principio de congruencia, invalidaciones de testimonios y una reducción de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la acusación, las declaraciones de víctimas, y el material probatorio eran coherentes y verosímiles, y que la valoración probatoria fue adecuada. La nulidad por contradicción en hechos imputados fue desestimada. Se rechazaron las quejas de la defensa, confirmando la condena y la pena impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la plataforma fáctica fue siempre la misma desde la imputación hasta la sentencia, sin variaciones que puedan afectar el derecho de defensa. Se valoraron adecuadamente los testimonios de las víctimas y las pruebas físicas, como reconocimiento fotográfico, rastros biológicos y elementos secuestrados en la escena. La valoración probatoria fue lógica y razonable, sin arbitrariedad. La argumentación sobre trastornos psíquicos y patologías del imputado fue correcta y no afectó la culpabilidad. La pena de siete años y seis meses fue fundamentada en la gravedad de los hechos, la modalidad, el daño causado a las víctimas y las circunstancias agravantes, siendo proporcional y ajustada a derecho. La defensa no logró demostrar irregularidades sustanciales que invaliden la sentencia.
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