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IMAN, JUAN MANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL IMAN, JUAN MANUEL s/ ABUSO DE ARMAS Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA, EN CONCURSO REAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una condena por abuso de armas. La mayoría sostuvo que los agravios no configuraron una violación constitucional suficiente, mientras que una disidencia propuso admitir la queja por considerar que los planteos tenían suficiente entidad para abrir la instancia extraordinaria.

Arbitrariedad Recurso de queja Sentencia Apelacion Inconstitucionalidad Condena Derechos constitucionales Valoracion probatoria Garantias Santa fe.


- Quién demanda: Defensa de Juan Manuel Iman

¿A quién se demanda?

Tribunal de Alzada (Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugna la sentencia que confirmó su condena por abuso de armas y portación ilegítima, alegando violaciones constitucionales, arbitrariedad en la valoración probatoria, errores en la fundamentación y una pena desproporcionada.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja por considerar que los agravios no constituyen una cuestión constitucional que justifique la intervención de la Corte, dado que los planteos son reiteraciones de los argumentos ya analizados y rechazados en las instancias anteriores, sin configurar arbitrariedad o vulneración constitucional. La disidencia, en cambio, consideró que los agravios tenían suficiente entidad constitucional para admitir la queja y abrir la instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría explicó que los agravios se dirigen a cuestionar la valoración de la prueba y la interpretación de los hechos, lo cual no constituye, en sí mismo, una cuestión constitucional. Además, señaló que la fundamentación del fallo se encontraba suficientemente razonada y que no se evidenciaba arbitrariedad o vulneración de garantías constitucionales. La disidencia, por su parte, afirmó que los planteos tienen suficiente asidero constitucional y que deben ser admitidos, dejando abierta la posibilidad de revisión en sede constitucional.

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