RUIZ, ANGEL EDUARDO s/ HOMICIDIO SIMPLE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Ángel Eduardo Ruiz contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un caso de homicidio simple. La decisión se fundamentó en que el recurso fue presentado fuera del plazo legal y las alegaciones de la parte no lograron demostrar arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.
- Quién demanda: Ángel Eduardo Ruiz, a través de su defensa.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad dictada por el Tribunal Pluripersonal de Rosario, por considerar que fue extemporáneo y que la decisión fue arbitraria.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó el recurso extraordinario, confirmando que la presentación fue fuera del plazo legal y que las alegaciones no demostraron arbitrariedad ni violación de derechos constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte recordó que en resolución anterior (A. y S. T. 317, pág. 438) se rechazó la queja por extemporaneidad, valorando que entre la notificación del auto denegatorio y la presentación del recurso transcurrió un plazo superior al legal. En esta instancia, se revisó que las alegaciones de la recurrente respecto a posibles errores en la notificación carecían de sustento suficiente para modificar esa decisión. La Corte sostuvo: "el simple cotejo de las constancias de autos evidenciaban que entre que el imputado tomó conocimiento de la resolución impugnada y la interposición del recurso directo transcurrió un lapso superior al previsto por la ley." Además, se afirmó que las alegaciones de la parte solo reflejaban disconformidad, sin aportar argumentos jurídicos suficientes para justificar la revisión de la decisión. La Corte concluyó que no se configuraba ningún supuesto para habilitar la vía extraordinaria, por lo que se resolvió denegar el recurso.
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