Logo

PERALTA, LUIS CESAR c/ V.F.M. S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe deniega el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la demanda por tutela sindical, argumentando que la cuestión planteada no es idónea para revisión en esta vía y que las consideraciones de hecho y prueba corresponden a la competencia de los tribunales inferiores.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Notificacion Derechos constitucionales Jurisdiccion provincial Tutela sindical Ley 48 Santa fe Juez laboral Valoracion de hechos


- Quién demanda: Luis César Peralta

¿A quién se demanda?

V.F.M. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por tutela sindical y reconocimiento de su calidad de delegado gremial, basada en incumplimiento de notificación y requisitos legales para representación sindical.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la cuestión constitucional no cumple con los requisitos para su admisión y que la valoración de los hechos y pruebas es competencia de los tribunales inferiores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión no resulta idónea para franquear la vía extraordinaria instaurada, en virtud de que la misma queda comprendida dentro del marco de la ponderación que efectuara el Tribunal a quo, en torno a cuestiones de hecho, prueba y derecho común, materias que ingresan en la esfera de las facultades que les son propias a los jueces locales y, por ende, a menos que se demuestre que transgreda los márgenes de razonabilidad y logicidad tolerados en la hermenéutica que cabe asignarle a la luz de las pautas constitucionales -lo que no acaeció en el sub examine-, no resultan susceptibles de ser revisadas por la vía de excepción intentada." La Corte también destacó que la recurrente no aportó argumentos eficaces que demostraran que el tribunal omitió justificar sus decisiones o actuó de manera arbitraria, y que la valoración fáctica corresponde a los jueces de instancia.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar