ARCE, JOSE LUIS c/ ASOCIART ART S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe anuló parcialmente una sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario en un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la parte demandada, por inaplicar normas legales y precedentes constitucionales en la determinación de indemnizaciones por accidente laboral. La decisión se fundamenta en que la sala de alzada dejó de lado sin justificación suficiente las leyes aplicables y la jurisprudencia consolidada, vulnerando derechos constitucionales y principios legales.
¿Quién es el actor?
La Aseguradora demandada (Asociart ART SA).
¿A quién se demanda?
La parte actora, en el contexto de un recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La anulación de la sentencia de la Cámara que, en relación con la incapacidad y la aplicación de normas legales, apartóse de las leyes 24557 y los decretos 1278/00, 1694/09, y del baremo del decreto 659/96, además de ajustar indebidamente el cálculo del IBM y los intereses.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada, anulando la sentencia en lo que fue materia de agravios, por aplicar retroactivamente normas y apartarse sin declaración de inconstitucionalidad de las leyes y precedentes constitucionales, en violación del debido proceso legal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los sentenciantes omitieron considerar lo previsto en el decreto 659/96, cuando dispone que en caso de incapacidad parcial por aplicación de la tabla, si por los factores de ponderación se llega a un porcentaje igual o superior al 66%, el valor máximo será 65%. La Sala también aplicó retroactivamente el decreto 1694/09 en contradicción con la ley 24557 y su jurisprudencia, sin declarar su inconstitucionalidad, lo que configura arbitrariedad y viola el principio de seguridad jurídica. Asimismo, la aplicación del artículo 12 de la ley 24557 sin considerar las remuneraciones de los 12 meses anteriores a la primera manifestación invalidante, en lugar de la última, contraviene la norma. Esta situación implica que la sentencia vulnera derechos constitucionales y que debe ser anulada en su totalidad, remitiendo la causa para un nuevo pronunciamiento conforme a derecho."
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