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P., R. P. Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirma la inadmisibilidad del recurso de apelación extraordinaria interpuesto contra la sentencia que condenó a la Provincia de Santa Fe por daños derivados del uso de arma reglamentaria policial en un caso de homicidio. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de los agravios para superar la argumentación del tribunal de primera instancia y en la correcta interpretación de las normas de responsabilidad estatal y civil.

Responsabilidad objetiva Responsabilidad civil Responsabilidad del estado Responsabilidad por hechos de dependientes Formalidad Responsabilidad administrativa Inadmisibilidad recurso Santa fe Inmunidad Danos por arma policial


- Quién demanda: R. P. P. en representación de sus hijos menores N. A. P., P. E. P. y S. G. P.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios, incluyendo pérdida de chance, daño moral y gastos terapéuticos futuros, por fallecimiento de Cecilia Natalí Retamoso tras ser herida con arma policial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la inadmisibilidad del recurso de apelación extraordinaria y mantiene la condena a la Provincia de Santa Fe por responsabilidad objetiva en los daños causados, fundamentando que la responsabilidad del Estado deriva del hecho de entregar un arma a un dependiente policial, en un contexto donde el uso del arma fue la causa del daño, y que no se acreditaron errores arbitrarios en la valoración de la prueba ni en la interpretación de las normas aplicables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal de primera instancia valoró adecuadamente los hechos y las declaraciones que acreditan la relación de convivencia del actor con la víctima, rechazando que la legitimación del actor fuera arbitraria o infundada, y consideró que la responsabilidad del Estado por la entrega del arma y la omisión en el control del agente es objetiva, conforme a la normativa y jurisprudencia aplicable. Se afirmó que la responsabilidad del Estado se fundamenta en la teoría del riesgo creado por la entrega de un elemento potencialmente peligroso, en un contexto de deber de vigilancia y control, y que la omisión en la supervisión del agente policial, en un caso de violencia de género, agravó la responsabilidad estatal. La Cámara sostuvo que los agravios relacionados con la legitimación del actor y la interpretación del artículo 1113 del Código Civil no lograron superar el umbral de la mera disconformidad, y que las decisiones de la primera instancia no exhiben arbitrariedad o error de derecho, por lo que corresponde confirmar la sentencia. Finalmente, se resaltó que no existe prueba suficiente para acreditar que el tribunal haya incurrido en arbitrariedad, y que los argumentos de la recurrente no configuran una crítica fundada que justifique la revisión del fallo en sede recursiva.

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